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Somos una entidad que ofrece la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.

  • Recepción de solicitudes para instalación de acometidas de acueducto y de alcantarillado e instalaciones de las mismas.
  • Servicios de recolección especial de residuos sólidos
  • Reparación de fugas
  • Expedición de certificados de disponibilidad de servicios y de paz y salvos.
  • Expedición de certificados de recolección de residuos sólidos
  • Información a inquietudes referentes con su factura de servicios públicos

DEFINICIONES

  • Instalación domiciliaria de acueducto del inmueble. Conjunto de tuberías, accesorios y equipos que integran el sistema de abastecimiento de agua del inmueble, a partir del medidor.
  • Instalaciones domiciliarias de alcantarillado del inmueble. Conjunto de tuberías, accesorios y equipos que integran el sistema de tratamiento, evacuación y ventilación de los residuos líquidos instalados en un inmueble hasta la caja de inspección que se conecta a la red local de alcantarillado.
  • Servicio público domiciliario de acueducto: Llamado también servicio público domiciliario de agua potable. Nos encargamos de  la distribución municipal de agua apta para el consumo humano, incluida su conexión y medición. También nos encargamos de las actividades complementarias tales como captación de agua y su procesamiento, tratamiento, almacenamiento, conducción y trasporte.
  • Servicio público domiciliario de alcantarillado: Es la recolección de residuos, principalmente líquidos y/o aguas lluvias, por medio de tuberías y conductos.

Para obtener la conexión de los servicios de acueducto y alcantarillado, el inmueble deberá cumplir con los requisitos expuestos en el artículo 7° del decreto 302 de 2000, por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, en materia de prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado.

-DE INTERES GENERAL:

Artículo 4, decreto 302 de 2000,  Cuando haya servicios públicos disponibles de acueducto y alcantarillado, será obligatorio vincularse como usuario y cumplir con los deberes respectivos, o acreditar que se dispone de alternativas que no perjudiquen a la comunidad.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios será la entidad competente para determinar si la alternativa propuesta no causa perjuicios a la comunidad.

Los servicios de acueducto y alcantarillado deben ser solicitados de manera conjunta, salvo en los casos en que el usuario o suscriptor disponga de fuentes alternas de aprovechamiento de aguas, sean éstas superficiales o subterráneas y el caso de los usuarios o suscriptores que no puedan ser conectados a la red de alcantarillado.

-Usuario: Persona natural o jurídica que se beneficia con la prestación de un servicio público, bien como propietario del inmueble en donde este se presta, o como receptor directo del servicio. A este último usuario se denomina también consumidor.

- Suscriptor: Persona natural o jurídica con la cual se ha celebrado un contrato de condiciones uniformes de servicios públicos.

REQUISITOS PARA ACOMETIDAS DE ACUEDUCTO Y DE ALCANTARILLADO

  1. Solicitud escrita
  2. Copia de la cédula
  3. Contar con la Licencia de Construcción cuando se trate de edificaciones por construir, o certificación catastral en el caso de obras terminadas.
  4. Certificación de estratificación

-COSTOS

Los costos de las acometidas de acueducto y alcantarillado estarán sujetos al resultado arrojado por la visita técnica realizada seguidamente a la solicitud del servicio. 

ATENCIÓN SEÑOR SOLICITANTE:

Es competencia de la ESP, realizar las Instalaciones domiciliarias de alcantarillado del inmueble hasta la caja de inspección que se conecta a la red local de alcantarillado.

La instalación de la red interna es competencia del usuario como tal.

Aplica también para acometidas de acueducto.

-SERVICIO PÚBLICO DE ASEO:( regido por el decreto 2981 de 2013, por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo).

  • Actividades realizada por la ESP:
  • Recolección
  • Transporte
  • Barrido y limpieza de vías y áreas públicas
  • Tratamiento y disposición final de los residuos sólidos
  • Permisos ambientales

PARA TENER EN CUENTA:REQUISITOS PARA ACCEDER A UN PAZ Y SALVO DE SERVICIOS PÚBLICOS

  • Estar al día con el pago de su factura de servicios públicos
  • Presentar la factura del servicio público del lugar donde reside
  • Cédula de ciudadanía
  • Cancelar $ 5000 pesos en la cuenta corriente N 31394000002-6 del Banco Agrario o en la cuenta corriente N 013009634 del Banco de Bogotá.

REQUISITOS PARA ACCEDER A UN CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD DE SERVCIOS PUBLICOS

  • Realizar solicitud en la oficina de servicio al cliente de la ESP
  • Presentar la factura de servicios públicos a paz a salvo
  • Cedula de ciudadanía

RECUERDE   

Los residuos sólidos recibidos son dispuestos para su tratamiento y disposición final, en el   relleno sanitario del municipio de Yondó con licencia ambiental justificada mediante Resolución 130ZF-3106 del 19 de junio de 2008, con resolución de ampliación 130ZF 1311 6219 del 12 de Noviembre de 2013 de la Corporación Autónoma Regional del Centro  de Antioquia.

Art 16, ley 142 de 1994: Cuando haya servicios públicos disponibles de acueducto y saneamiento básico será obligatorio vincularse como usuario y cumplir con los deberes respectivos, o acreditar que se dispone de alternativas que no perjudiquen a la comunidad. La Superintendencia de Servicios Públicos será la entidad competente para determinar si la alternativa propuesta no causa perjuicios a la comunidad.

Artículo 6o. decreto 302 de 2000: Del uso racional de los servicios. Los usuarios o suscriptores de las entidades prestadoras de los servicios, deberán hacer uso de los servicios de acueducto y alcantarillado en forma racional y responsable, observando las condiciones que para tal efecto establezcan las normas vigentes, en orden a garantizar el ahorro y uso eficiente del agua, la prevención de la contaminación hídrica por parte de sustancias susceptibles de producir daño en la salud humana y en el ambiente y la normal operación de las redes de acueducto y alcantarillado.

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Líneas de Contacto 


Teléfonos : 4+8325371 - 4+8325369
Celulares : 350 563 9732 - 317 430 8427
Email: servicioalcliente@espyondo.gov.co

Línea de Servicio al Cliente

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Horarios de Atención

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De Lunes a Viernes
de 7:00 AM a 12:00 M - 1:30 PM A 5:30 PM

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